VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO

interrupcion del embarazo ley

¿Cuáles son los derechos en la atención de situaciones de IVE/ILE y en el postaborto?

Son derechos de todas las personas, con y sin discapacidad:

🟪 Recibir atención totalmente gratuita, tanto en el sistema público como en obras sociales y prepagas (incluye estudios, medicamentos y prácticas necesarias).

🟥 Acceder a la práctica de IVE/ILE en un plazo máximo de 10 días corridos desde la solicitud.

🟪 Recibir un trato digno y respetuoso de su autonomía por parte del personal de salud.

🟦 Privacidad en la consulta y confidencialidad de toda la información vinculada.

🟪 Recibir atención de calidad, conforme a recomendaciones científicas vigentes.

🟥 Recibir información actualizada, comprensible y brindada en formatos accesibles según necesidades.

🟪 Recibir atención de su salud a lo largo de todo el proceso e información sobre métodos anticonceptivos.

🟦 Recibir métodos anticonceptivos gratuitos.

🟪 Acceder a ajustes razonables (modificaciones comunicacionales, espaciales, etc.) necesarios para ejercer sus derechos.

🟥 Contar, si así lo desean, con apoyos de personas de su confianza durante la atención.

La Ley 27.610 regula el acceso a la interrupción voluntaria y legal del embarazo y a la atención postaborto de todas las personas con capacidad de gestar.

¿Cuáles son los requisitos para acceder a la ILE?

🟪 Hasta la semana catorce (14), inclusive, sin tener que explicar los motivos de su decisión – Cuando el embarazo es resultado de una violación o si está en peligro su vida o su salud.

🟦 Las/os adolescentes de más de 16 años siempre pueden acceder a la IVE/ILE sin necesidad de estar asistidas/os, ya que son consideradas/os como personas adultas para decidir sobre el cuidado de su propio cuerpo.

🟩 Las/os adolescentes desde los 13 hasta los 16 años pueden, en general, acceder a la IVE/ILE sin necesidad de asistencia.
Sólo en los casos en que, por algún motivo particular, la realización de la IVE/ILE implique un peligro grave para su salud o su vida, es necesario que estén asistidas/os por una referente afectiva/o, o por personas que ejerzan roles de cuidado, personas allegadas indicadas por la/el adolescente.

🟪 Las/os niñas/os menores de 13 años pueden acceder a la IVE/ILE con la asistencia de personas que ejerzan formal o informalmente roles de cuidado, personas allegadas o referentes afectivas. Estas/os deben participar en conjunto en la toma de decisiones y firmar también el consentimiento informado.

🟥 A partir de la semana 15 de gestación, la Ley 27.610 mantiene el derecho que ya existía a interrumpir el embarazo por causales, cuando es producto de una violación o pone en riesgo la vida o la salud de la persona gestante. (Interrupción legal del embarazo – ILE).
Requiere acreditación de causales:

  • Violación (con el único requisito de firmar una declaración jurada ante el personal de salud y sin necesidad de judicializar ni convocar a otros actores).

  • Peligro / riesgo para la salud o la vida de la persona gestante.
    En casos de violación, y cuando se trata de personas gestantes de 15 o más semanas, solo se requiere una declaración jurada manifestando que el embarazo es producto de una relación sexual no consentida (con pareja, conocido o extraño). No se requieren pruebas ni denuncia policial o judicial.

Esta Obra Social orientará a la requirente hacia un prestador de cartilla que no sea objetor de conciencia.

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